Formalizan jueces y magistrados paro de labores del PJF

 La JUFED emitió formalmente la declaratoria de la suspensión de actividades en el PJF que dará inicio a medianoche por tiempo indefinido, solo se dará atención a casos urgentes y de inmediata atención señalados expresamente en el documento.  

Redacción
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Integrantes de la Jufed exigen la instalación inmediata de una mesa de diálogo. / Foto: Cuartoscuro con los grupos parlamentarios del Congreso de la Unión,

La Asociación Nacional de Magistrados de Distrito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación (PJF) emitió formalmente la declaratoria de la suspensión de actividades jurisdiccionales que dará inicio en el primer minuto de este miércoles 21 de agosto.

A través del documento, informó que se decreta la suspensión de actividades en los plenos regionales; tribunales colegiados de circuito; tribunales colegiados de circuito auxiliares; tribunales colegiados de apelación; juzgados de distrito; juzgados de distrito auxiliares; tribunales laborales federales; centros de justicia penal federal; Centro Nacional de Justicia Especializado en Técnicas de Investigación, Arraigo e Intervención de Comunicaciones.

Durante la vigencia de la Declaratoria, el personal adscrito directamente a tribunales y juzgados dejará de dar trámite a todos los asuntos de carácter jurisdiccional que haya en existencia en sus respectivos órganos, no realizarán ni ordenarán audiencias, diligencias ni actos procesales con partes, terceros ni autoridades, y no proveerán respecto de demanda, promoción, oficio ni escrito alguno”, señaló la JUFED.

No obstante, señala el documento, será necesario y obligatorio que el personal adscrito a los tribunales y juzgados dé trámite, como casos urgentes y de inmediata atención, privilegiando el uso del teletrabajo, a los siguientes asuntos:  

Entre los casos que sí se atenderán, determinó la JUFED están:

En los Centros de Justicia Penal Federal: 

Determinaciones referentes a la calificación de detenciones, vinculaciones a proceso, implementación y modificación de medidas cautelares relacionadas con prisión preventiva y las determinaciones sobre extradición. 

Además, las audiencias de juicios iniciadas antes de la suspensión deberán tramitarse hasta su conclusión.

En los Centros de justicia y Juzgados de Distrito Especializados en materia de Ejecución:

Se considerarán urgentes las decisiones que impliquen peligro a la vida o a la integridad de las personas; gestiones previas a la compurgación de la pena; beneficios preliberacionales ya determinados pendientes de ejecución; y acuerdos urgentes sobre condiciones de internamiento que tengan que ver con atención médica.

En los Juzgados de Distrito:

Deberán ser consideradas urgentes las diligencias para recibir declaraciones preparatorias; actuaciones en el período de pre-instrucción (hasta la resolución que resuelva la situación jurídica del detenido); decisiones en materia de ejecución de sanciones que impliquen peligro a la vida o integridad de las personas; o que versen en la compurgación de penas privativas de libertad o beneficios preliberacionales, ya determinados pendientes de ejecución.

Así como órdenes de arresto; actos que pongan en riesgo la salud o integridad de las personas; todos los relacionados con afectaciones al derecho a la salud; los relacionados con personas migrantes.

Mientras que en el Tribunal Laboral Federal de Asuntos Colectivos con sede en la Ciudad de México, deberán ser considerados urgentes casos relacionados con los procedimientos de huelga. 

En materia civil, deberán ser considerados urgentes las determinaciones sobre medidas cautelares, precautorias o de protección en casos de violencia intrafamiliar y contra las mujeres en general; determinaciones sobre pensiones alimenticias corrientes y amparo que afecten el interés superior de personas menores de edad.

Cabe destacar que la Asociación informó que la finalidad de esta Declaratoria exige la instalación inmediata de una mesa de diálogo con los grupos parlamentarios del Congreso de la Unión, con facultades amplias para celebrar los acuerdos lícitos que sean necesarios y para ejecutarlos o proveer su ejecución.

“Desde este momento se reconocen en la Directora Nacional de la JUFED, jueza de distrito Juana Fuentes Velázquez, las más amplias facultades para convocar a la mesa de diálogo a que se refiere el punto 15 de esta Declaratoria”, indicó. 

Agregó que esta Declaratoria tiene como causa la falta de voluntad por parte de la actual legislatura de atender el análisis crítico de la sociedad civil en general, y de los integrantes de la judicatura en lo particular, sobre la “reforma judicial” derivada de la iniciativa de 5 de febrero de 2024 del presidente de la República.